miércoles, agosto 01, 2007

"El perdon de Asis"

Boletin Informativo

Región “San Luís Rey de Francia”
Orden Franciscana Seglar-Juventud Franciscana



I-VIII-MMVII --------- Aguascalientes de la Asunción ------------ Año 2 No. 10

« No debemos ser sabios y prudentes según la carne, más bien sencillos, humildes y puros. Nunca debemos desear estar por encima de los demás, sino, al contrario debemos, a ejemplo del Señor, vivir como servidores, y sumisos a toda humana criatura, movidos por, el amor de Dios. El Espíritu del Señor reposará sobre los que así obren y perseveren hasta el fin, y los convertirá en el lugar de su estancia y su morada, y serán hijos del Padre celestial, cuyas obras imitan; ellos son los hermanos y las madres de nuestro Señor Jesucristo.» San Francisco de Asís.




INDULGENCIAS

La doctrina y la práctica de las indulgencias en la Iglesia están estrechamente ligadas a los efectos del sacramento de la Penitencia.

¿Qué son las indulgencias? "La indulgencia es la remisión ante Dios de la pena temporal por los pecados, ya perdonados, en cuanto a la culpa, que un fiel dispuesto y cumpliendo determinadas condiciones consigue por mediación de la Iglesia, la cual, como administradora de la redención, distribuye y aplica con autoridad el tesoro de las satisfacciones de Cristo y de los santos."
"La indulgencia es parcial o plenaria según libere de la pena temporal debida por los pecados en parte o totalmente."

"Todo fiel puede lucrar para sí mismo o aplicar por los difuntos, a manera de sufragio, las indulgencias tanto parciales como plenarias" (CIC, can. 992 - 994).
Las penas del pecado.- Para entender esta doctrina y esta práctica de la Iglesia es preciso recordar que el pecado tiene una doble consecuencia. El pecado grave nos priva de la comunión con Dios y por ello nos hace incapaces de la vida eterna, cuya privación se llama la "pena eterna" del pecado. Por otra parte, todo pecado, incluso venial, entraña apego desordenado a las criaturas que tienen necesidad de purificación, sea aquí abajo, sea después de la muerte, en el estado que se llama Purgatorio. Esta purificación libera de lo que se llama la "pena temporal" del pecado. Estas dos penas no deben ser concebidas como una especie de venganza, infligida por Dios desde el exterior, sino como algo que brota de la naturaleza misma del pecado. Una conversión que procede de una ferviente caridad puede llegar a la total purificación del pecador, de modo que no subsistiría ninguna pena (cf Cc. de Trento: DS 1712 - 1713; 1820). El perdón del pecado y la restauración de la comunión con Dios entrañan la remisión de las penas eternas del pecado. Pero las penas temporales del pecado permanecen. El cristiano debe esforzarse, soportando pacientemente los sufrimientos y las pruebas de toda clase y, llegado el día, enfrentándose serenamente con la muerte, por aceptar como una gracia estas penas temporales del pecado; debe aplicarse, tanto mediante las obras de misericordia y de caridad, como mediante la oración y las distintas prácticas de penitencia, a despojarse completamente del "hombre viejo" y a revestirse del "hombre nuevo" (cf Ef 4, 24).






INDULGENCIA DE LA PORCIUNCULA O PERDON DE ASIS (2 de agosto)



«Estando el bienaventurado Francisco en Santa María de la Porciúncula, le fue revelado del Señor que se acercase al Sumo Pontífice Honorio III, que entonces se hallaba en Perusa, a fin de impetrar de él la indulgencia para la dicha iglesia de Santa María que había reconstruido. El papa Honorio permaneció en Perusa hasta el 12 de agosto. Levantándose Francisco de mañana, llamó a su compañero fray Masseo de Marignano, se presentó con él al dicho señor Honorio y le dijo:
-- Santo Padre, hace poco reparé para Vos una iglesia en honor de la Virgen, madre de Cristo; suplico a Vuestra Santidad que pongáis allá indulgencia sin ofertas.
Le respondió que convenientemente no podía hacerse esto, pues el que pide indulgencia, menester es que la merezca aportando ayuda:
-- Pero indícame cuántos años quieres y qué indulgencia deseas se ponga allá.
A lo que respondió San Francisco: -- Santo Padre, plegue a Vuestra Santidad darme no años, sino almas.
Y el señor Papa le dijo: -- ¿Cómo quieres las almas?
El bienaventurado Francisco respondió:
-- Santo Padre, si a Vuestra Santidad le agrada, quiero que cualquiera que venga a esta iglesia confesado y contrito y absuelto como conviene por el sacerdote, quede libre de pena y de culpa en el cielo y en la tierra desde el día del bautismo hasta el día y la hora que entró en esta dicha iglesia.
El señor Papa le respondió: -- Mucho pides, Francisco, pues no es costumbre de la Curia romana conceder tal indulgencia.
El bienaventurado Francisco le replicó: -- Señor, no lo pido de mí; lo pido de parte del que me envió, el Señor Jesucristo. Entonces el señor Papa exclamó tres veces: -- Pláceme que la tengas.
Los señores cardenales que estaban presentes respondieron: -- Mirad, señor, que si a éste le concedéis tal indulgencia, destruís la indulgencia de Ultramar, y se reduce a la nada y por nada será tenida la indulgencia de los apóstoles Pedro y Pablo.
Respondió el señor Papa: -- La hemos dado y concedido, y no es conveniente revocar lo hecho. Pero la modificaremos fijándola en un solo día natural.
Llamó entonces a San Francisco y le dijo: -- ¡Ea!, concedemos desde ahora que cualquiera que viniere y entrare en dicha iglesia bien confesado y contrito, quede absuelto de pena y de culpa, y queremos que esto sea valedero perpetuamente todos los años, solamente por un día natural, desde las primeras vísperas del día hasta las vísperas del día siguiente. Entonces Francisco, después de inclinar con reverencia la cabeza, comenzó a salir del palacio. Viendo el Papa que se iba, le llamó y le dijo:
-- O simplicione! ¿Adónde vas? ¿Qué garantías llevas tú de la indulgencia?
Y el bienaventurado Francisco respondió:-- Me basta vuestra palabra. Si es obra de Dios, Él mismo la manifestará. No quiero otro instrumento, sino que la bienaventurada Virgen María sea la carta, Cristo el notario y testigos los ángeles.
Él tornó de Perusa hacia Asís, y llegando a medio camino, al lugar que se llama Collestrada, donde había hospital de leprosos, descansando un poco con su compañero, se durmió. Despertóse, y después de la oración llamó al compañero y le dijo: -- Fray Masseo, dígote de parte de Dios que la indulgencia que me ha concedido el sumo Pontífice ha sido confirmada en los cielos»

Esta indulgencia se gana cada 2 de agosto, día de la Dedicación de la iglesita, una sola vez, con las siguientes condiciones: 1) visitar una de las iglesias mencionadas (catedral, parroquia o templo), rezando la oración del Señor y el Símbolo de la fe (Padrenuestro y Credo); 2) confesarse, comulgar y rezar por las intenciones del Papa, por ejemplo, un Padrenuestro con Avemaría y Gloria; estas condiciones pueden cumplirse unos días antes o después, pero conviene que la comunión y la oración por el Papa se realicen en el día en que se gana la Indulgencia.






La PAZ del Señor los llene de BIEN


Consejo Ejecutivo Local “Juventud Franciscana Santo Toribio Romo”
“Al servicio de los hermanos a ejemplo de San Francisco de Asís”
Paz y Bien






Su hermano en Cristo y Francisco, Manuel